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De acuerdo con la legislación fiscal, las personas morales tienen, entre otras obligaciones, llevar las cuentas siguientes:
1. Cuenta capital de aportación (Cuca).
2. Cuenta de utilidad fiscal neta (Cufin).
Estas cuentas serán utilizadas con el objetivo de determinar la existencia, o no, de utilidades gravables sujetas al pago del ISR cuando se reparten dividendos o utilidades y se realiza una reducción de capital o una liquidación de personas morales.
Debido a que, desde el 1o. de enero de 2014, las personas físicas están sujetas a una retención del 10% del ISR sobre los dividendos distribuidos por las personas morales residentes en México, cuando provengan de las utilidades generadas a partir del ejercicio de 2014, las personas morales estarán obligadas a mantener la Cufin con las utilidades generadas hasta el 31 de diciembre de 2013 e iniciar otra con las utilidades generadas a partir del 1o. de enero de 2014. Esto, con el propósito de identificar de qué Cufin provienen los dividendos o utilidades distribuidos a las personas físicas para saber si procede realizar la citada retención del 10% del ISR.
La presente obra se elaboró con base en las disposiciones fiscales que contiene la Ley del ISR, en vigor a partir del 1o. de enero de 2017, y de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
En el desarrollo de la presente obra abordamos, de forma clara y precisa, cómo se constituye cada una de estas cuentas, qué elementos las integran y cuáles son sus implicaciones fiscales, entre otros aspectos más, por lo que es de suma utilidad para los interesados en el tema.
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CONTENIDO
Abreviaturas
Introducción
CAPITULO I
CUFIN
1. Concepto de la Cufin
2. Contribuyentes obligados a llevar la Cufin
3. Incremento de la Cufin
4. Reducciones de la Cufin
5. Concepto de Ufin
6. Actualización de la Cufin
7. Ufin negativa
8. Modificación del resultado fiscal
9. Saldo inicial de la Cufin al 31 de diciembre de 2013
A. Determinación de la Ufin del ejercicio enero-diciembre de 2001
B. Determinación de las utilidades fiscales netas de los ejercicios enero-diciembre de 2002 a 2005
C. Determinación de las utilidades fiscales netas de los ejercicios enero-diciembre de 2006 a 2013
D. Determinación de los dividendos o utilidades actualizados percibidos durante el periodo comprendido de 2001 a 2013
E. Determinación de los dividendos o utilidades actualizados distribuidos durante el periodo comprendido de 2001 a 2013
F. Determinación del saldo inicial de la Cufin al 31 de diciembre de 2013, correspondiente a ejercicios terminados de 2001 a 2013
G. Determinación del saldo actualizado de la Cufin generada hasta el ejercicio de 2013, al 31 de diciembre de 2017
H. Cufin con las utilidades generadas a partir del 1o. de enero de 2014 (saldo inicial al 31 de diciembre de 2014)
10. Transmisión del saldo de la Cufin
CAPITULO II
CUCA
1. Concepto de la Cuca
2. Contribuyentes obligados a llevar la Cuca
3. Incremento de la Cuca
4. Reducciones de la Cuca
5. Conceptos que no deberán incluirse en la Cuca
6. Actualización de la Cuca
7. Saldo inicial de la Cuca al 31 de diciembre de 2013
8. Saldo de la Cuca cuando ocurra una fusión o una escisión
9. Aumento de capital o fusión dentro de los dos años anteriores a la reducción
10. Casos en que en la compra de acciones por la propia sociedad emisora existen utilidades distribuidas por reducción de capital
11. Otras consideraciones
CAPITULO III
DIVIDENDOS POR REDUCCIONES DE CAPITAL Y LIQUIDACION DE PERSONAS MORALES
1. Determinación de las utilidades distribuidas
A. Utilidad distribuida
B. Utilidad distribuida gravable adicional
2. Reducciones de capital por escisión de sociedades
3. Casos prácticos
4. Distribución de dividendos o utilidades mediante el aumento de partes sociales, entrega de acciones o reinvertidos en la suscripción y pago del aumento de capital
CAPITULO IV
ISR POR PAGO DE DIVIDENDOS O UTILIDADES DISTRIBUIDOS POR LAS PERSONAS MORALES
1. Dividendos distribuidos provenientes de la Cufin
2. Dividendos que no provienen de la Cufin
3. Casos prácticos
4. ISR por pago de dividendos o utilidades distribuidos por personas morales dedicadas exclusivamente a realizar actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas
5. Entero del impuesto
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